Cobranza y Recuperación de Cartera en Propiedad Horizontal

Curso

En Bogotá

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Descripción

  • Tipología

    Seminario

  • Lugar

    Bogotá

  • Duración

    1 Día

Sus aulas de clases se conforman siempre en pequeños grupos, con el fin de asegurar una mejor comprensión del contenido del curso y mayor dedicación de los profesores para sus alumnos. Este seminario es el programa por el que muchos de nuestros usuarios han preguntado desde que fuera publicado en Noviembre de 2009. Es tu momento para aprovechar este seminario que te ofrece Fundación Colombiana de Derecho: este seminario alcanzó la puntuación más alta entre todos los seminarios de Administración Inmobiliaria. Gracias a este curso vas a adquirir habilidades de valoración del suelo, normativa de la propiedad inmobiliaria y gestión de promoción inmobiliaria absolutamente necesarias para desarrollarte como profesional de Administración Inmobiliaria, e indispensables si deseas crecer y triunfar como Promotor Inmobiliario, Agente Inmobiliario o Asesor Inmobiliario. Con una duración de 1 año este curso que puedes hacer en la población de Bogotá te otorga el comprobante de aprovechamiento de Fundación Colombiana de Derecho. Tiene prácticas en empresas, servicio de financiación de cursos, asociación de exalumnos. Fundación Colombiana de Derecho dicta cursos de Administración Inmobiliaria desde 2009. La nueva fecha del curso informada por el centro está visible en emagister desde Noviembre de 2009. Cuéntanos como te fue con este centro, aprovecha y publica la primera reseña y ayuda a futuros alumos a decidir ahora.

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Presentación

Con la expedición de las Más recientes leyes, (791 Prescripción de obligaciones) (794 reforma al Código de Procedimiento Civil),(820 Régimen de Arrendamientos)(861 Bienes perteneciente a la mujer Cabeza de familia) y luego de transcurridos tres años de haberse expedido la ley 675 (Nuevo Régimen de Propiedad Horizontal) se hace necesario estudiar cómo las mismas han incidido positiva y negativamente en la cobranza de cartera morosa en la propiedad horizontal.

Igualmente es importante conocer el precedente Judicial establecido en los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y Altas Cortes (Constitucional y Suprema de Justicia) en cuanto a los derechos y deberes de los deudores morosos al interior de las copropiedades y las gestiones válidas que puede desempeñar la administración para recuperar los dineros en mora y en general situaciones que se pueden presentar en el debate judicial.

La Cobranza Administrativa

  • Cobranza predictiva y preventiva
  • Presupuesto de ingresos y gastos
  • Multas
  • Intereses moratorios
  • Tácticas y estrategias de cobranza
  • Suspensión de servicios comunes a deudores morosos
  • Manejo contable de cartera

La Cobranza Judicial

  • El proceso de ejecución
  • El título ejecutivo
  • La demanda
  • Inadmisión y rechazo
  • Embargo y secuestro de bienes
  • La defensa del demandado
  • Régimen probatorio
  • Prescripción de obligaciones

Despeje éstas y otras inquietudes:

-¿Es cierto que la ley 675 modificó el proceso ejecutivo para el cobro de cartera en propiedad horizontal?

-¿Porqué los juzgados inadmiten y rechazan las demandas que se presentan, así se haya efectuado la reforma al reglamento?

-¿Cuales el procedimiento para embragar un inmueble que se encuentre afectado a patrimonio de familia, a vivienda familiar o perteneciente a la mujer cabeza de familia?

-¿Es cierto que la cartera de los deudores morosos, de más de cinco años, ya no se pueden cobrar?

-¿Qué servicios o bienes comunes se le pueden suspender a los deudores morosos, sin que esto afecte sus derechos fundamentales?

-¿Porqué las multas no se pueden cobrar por vía judicial?

-¿Es necesario tener contabilidad para poder demandar?

-¿Si no se tienen actas de asamblea, no se pueden probar las cuotas de administración?

-¿Qué sucede si se cobran intereses o multas por mora excediendo lo ordenado por la ley?

-¿Es válido otorgar una escritura pública de venta, sin aportar el paz y salvo de administración?

-¿Debe responder el administrador por los dineros que deje de recaudar?

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