Cierre contable y fiscal Sector Real

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Descripción

  • Tipología

    Capacitación

  • Nivel

    Nivel intermedio

  • Metodología

    Virtual

  • Horas lectivas

    16h

  • Duración

    Flexible

  • Campus online

  • Servicio de consultas

  • Clases virtuales

Oferta de valor:
Con base en lo previsto por la resolución 0020 del 28 de marzo de 2018, el próximo 24 de octubre de 2018 inician los vencimientos para presentar la conciliación fiscal, que finalizarán el 7 de noviembre, enviando a la Dian el formato 2516 por parte de los contribuyentes que sean personas jurídicas, obligadas a llevar contabilidad y presentaron la declaración del impuesto de renta y complementarios a partir del 10 de abril de 2018. Para los contribuyentes que sean personas naturales obligadas a llevar contabilidad y presentaron su declaración del impuesto de renta y complementarios a partir del 09 de agosto, del año en curso, a la fecha no ha salido la modificación de la resolución 0073 que prescribe el formato 2517 para su conciliación.

Las conciliaciones entre los valores contables y fiscales se vienen realizando desde hace más 25 años con la expedición del decreto 2650 de diciembre 29 de 1993, se crearon las cuentas clases 8 “Cuentas de orden deudoras” grupo 82: “Deudoras fiscales; y 9 “Cuentas de orden acreedoras” grupo 92 “Acreedoras fiscales”; para registrar las diferencias entre el valor de la contabilidad, vigente en ese momento, y el valor de las declaraciones tributarias. Estos grupos de cuentas y sus procedimientos para efectuar y registrar las conciliaciones estuvieron vigentes hasta el año 2016 y se aplicaron por parte de los obligados a llevar contabilidad, pero es necesario precisar que no existía una norma que lo hiciera obligatorio y sancionable.

Con la expedición de la Ley 1819 de 2016, todos los obligados a llevar contabilidad que presenten declaración de impuesto de renta y complementarios, deberán preparar una conciliación entre los valores de la contabilidad y los de la declaración, so pena de una sanción.

A tener en cuenta

Al finalizar el seminario los participantes estarán en capacidad de:

Conocer la normatividad vigente, en materia de Conciliación fiscal, prescrita por la Ley 1819 de 2016, vigente a partir del año gravable 2017.
Saber con exactitud qué información se debe a enviar y como se va a diligenciar el formato 2516, de conciliación fiscal.
Conocer las diferencias entre lo Contable y lo Fiscal, que deberán probar bajo los sistemas que tengan implementados y los medios de prueba idóneos, de acuerdo con el Parágrafo transitorio del artículo 1.7.4 del Decreto 1998 de 2017.
Minimizar el riesgo de errores, por desconocimiento o desactualización, en la normatividad fiscal y contable vigente en cuanto a la Conciliación Fiscal.

Gerentes, administradores, contadores y revisores fiscales de entidades jurídicas, y de personas naturales que presentan declaraciones tributarias. Además, su temática permite la participación del personal vinculado con el manejo de la información contable y tributaria para el cierre del año 2019.

Se otorgará certificación al participante que cumpla con la asistencia total al programa.

Metodología:
El seminario utiliza metodología teórico-práctica, facilitando la participación de los asistentes y el análisis de casos prácticos. Se hace explicación de cada tema y se realiza un taller complementario.

Nota: es deseable contar con calculadora para los ejercicios prácticos a que hubiere lugar durante el desarrollo del seminario.

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Materias

  • Fiscal
  • Impuestos
  • Contabilidad
  • Renta
  • Auditoría
  • Inversiones
  • Deudores
  • Depreciación
  • Activos diferidos
  • Obligaciones financieras

Programa académico

Contenido

Políticas Contables
Procedimientos generales
Aspectos contables y tributarios (bajo NIIF y su incidencia fiscal)

NORMATIVIDAD EXPEDIDA

1.1.- Ley 1819 de 2016
1.2.- Decreto 1998 de 2017
1.3.- Resolución 0073 de 2017
1.4.- Anexos 1 y 2 Resolución 01073 de 2017
1.5.- Formatos 2516 y 2517

2.- CONCILIACIONES ANTERIORES A LA LEY 1819

2.1.- Patrimonio Contable vs Patrimonio Fiscal. - Valorizaciones
2.2.- Pasivo Contable Vs Pasivo Fiscal. - Provisiones
2.3.-Ingreso Contable Vs Ingreso Fiscal. – Causado, renta, iva, ica.
2.4.- Gastos Vs Costos y deducciones. - Deducible y no deducible
2.5.- Patrimonio Contable Vs Fiscal. - Renta por comparación patrimonial

3.- CONCILIACON FISCAL AÑO 2017

3.1.- Base contable - Niif Plenas - Niif Pymes
3.2.- Base Fiscal - Estatuto Tributario actualizado con Ley 1819 de 2016
3.3.- Contable: Criterios de medición – Medición posterior
3.4.- Fiscal: Libro Primero: Renta, Título 2: Patrimonio, Capítulos: 1, 2, 3 y 4

4.- ESTADO SITUACION FINANCIERA (Contable, Mayor, Menor, Fiscal)

4.1.-Estimaciones de Activos: Instrumentos financieros, Inventarios,
Diferidos, Impuestos corrientes; propiedad planta y equipo, de inversión,
intangibles, biológicos.
4.2.- Estimaciones de Pasivos: Instrumentos financieros y otros pasivos
4.3.- Patrimonio detalle contable:
4.4.- Datos informativos

5.- ESTADO DE RESULTADOS (Contable, Menor, Mayor, Fiscal)

5.1.-Estimaciones de Ingresos: Operacionales, financieros, Inversiones,
Venta de activos, valor razonable, reversiones, y Adición de ingresos.
5.2.- Estimaciones de Costos y Deducciones: Deducibles o No
5.3.- Ajuste por diferencias permanentes
5.4.- Ajustes por diferencias temporales
5.5.- Renta líquida ordinaria o Pérdida líquida
5.6.- Compensaciones, presuntiva, rentas gravables, ganancias ocasionales, otros resultados integrales, impuestos diferidos, tasa de tributación.

6.- DILIGENCIAMIENTO DE OTRA INFORMACION DEL 2516

6.1.- Impuesto Diferido
6.2.- Ingresos y facturación
6.3.- Activos fijos
6.4.- Resumen ESF y ERI

Información adicional

Descuentos

Para empresas afiliadas vigentes al Círculo de Afiliados de la Cámara de Comercio de Bogotá: 20 %

Para grupos (3 o más participantes por empresa): 15 %

Para empresas matriculadas y renovadas en la Cámara de Comercio de Bogotá: 10 %

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