En la situación actual que se está viviendo a nivel mundial, Colombia debe establecer prontamente una estrategia de política pública que posibilite el acceso de la población a los medicamentos para el tratamiento del COVID – 19, y que todo se lleve a cabo en unas condiciones ideales en cuanto a precio y calidad de estos; igualmente, toda la comunidad debe tener acceso a las vacunas y a los instrumentos necesarios para la recuperación de esta enfermedad, como, por ejemplo, los respiradores.

Aunque recientemente se ha informado acerca de la existencia de algunas combinaciones de medicamentos (antirretrovirales, inventados y producidos por laboratorios internacionales) que podrían ser efectivos en las personas infectadas, lo cierto es que, tanto las investigaciones como el desarrollo de medicamentos se quedarán cortos si no se implementan las medidas jurídicas y de política pública correspondientes que permitan garantizar, no solo la fabricación de esas medicinas, sino también su disponibilidad y el acceso a ellos por parte de la población.

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En este punto, es importante que los cuestionamientos y decisiones que se deben tener en cuenta se enfocan, primero que todo, en el uso de las herramientas tecnologías que se aplican en el desarrollo de medicamentos, o los dispositivos y utensilios médicos; aquí, es necesario estar al tanto de los mecanismos jurídicos que se aplican a la transferencia tecnológica. Por otro lado, también se debe tener en cuenta que, en el caso de existir alguna patente sobre tales tecnologías, será necesario que Colombia adopte una posición. De igual forma, el Gobierno nacional debe analizar detalladamente cual es la forma más adecuada para hacer real y efectiva la fabricación de todos los recursos.

Muchas personas afirman que la situación en la que nos encontramos en la actualidad es el reflejo de la insuficiencia de la propiedad intelectual como estimulo a la innovación; mientras que otros aseguran que deberían eliminarse las patentes del sistema. No obstante, por encima de las discusiones que se generan con el tema, es fundamental que el Gobierno tome una posición radical ante esta situación extraordinaria y que le de prioridad a la salud de toda la comunidad, y en especial, de los miles de infectados.

Existen grandes posibilidades para lograr este objetivo de manera exitosa, según lo plantea Luisa Fernanda Herrera, abogada y máster en Derecho de Propiedad Intelectual (LLM), de Queen Mary University of London, y docente investigadora del Departamento de Propiedad Intelectual del Externado; Herrera es una de las organizadoras y panelistas del seminario virtual que ofreció esta institución académica el pasado 2 de abril, y que abordó precisamente el tema de la “Propiedad Intelectual y la pandemia del Covid – 19”.

¿Qué debe hacer el país para garantizar a sus ciudadanos un acceso ágil a los recursos médicos para combatir y prevenir el COVID – 19?

Con base en los planteamientos de Luisa, aunque a nivel internacional gran parte de los medicamentos, vacunas e instrumentos como respiradores, que aún se encuentran en procesos de desarrollo e investigación, están protegidos por algunas patentes o derechos de propiedad intelectual (lo que le permitirá a los titulares del derecho utilizar de forma exclusiva tal invento, con la libertad de definir algún costo para su acceso, además de limitarlo a otros empleos) Colombia puede plantear una estrategia que le permita a los colombianos acceder a todos estos productos.

Este sistema de propiedad intelectual promete soluciones que se deben analizar; además, cabe recordar que gran parte de las herramientas y tecnologías que se requieren para atender la pandemia ni siquiera son patentables, de manera que la discusión no podría basarse en si se deben eliminar algunas patentes o no. En este punto, es fundamental considerar otras referencias, como, por ejemplo, Alemania, en donde se optó por suspender los derechos de patentes como medida para enfrentar la pandemia, un instrumento jurídico y político distinto de la licencia obligatoria, que es otra de las medidas flexibles que, sin duda, comenzarán a sonar fuerte en los debates públicos, y que en Colombia ha sido indispensable en cuanto a medicamentos como el Imatinib y el Kaletra. Sobre este tema, es importante mencionar que Colombia no ha otorgado la primera licencia obligatoria; aunque se han realizado varios intentos, ninguno de ellos ha tenido éxito, y ahora es necesario prepararnos para adoptar una posición más equilibrada.

En este punto, es muy necesario que las autoridades competentes permanezcan al tanto de las diversas flexibilidades que podrían considerar dentro de los sistemas de propiedad intelectual y con respecto a las patentes en situaciones extraordinarias como la que enfrentamos en estos momentos, y poder sacar provecho de estos. Estas son otras formas de trabajar, y por las que están optando las empresas privadas farmacéuticas; aquí, los acuerdos de colaboración y de transferencia tecnológica son los aspectos más relevantes.

En contraste a lo que muchas personas piensan, desde que apareció la pandemia se han podido ver muchas organizaciones que han unido sus esfuerzos para encontrar vacunas o medicamentos. Realmente, el sector privado ha aportado mucho en lo que se refiere a este tema, de manera que los gobiernos deben mantenerse informados; por ejemplo, hablando de los contratos de transferencia de tecnología que hacen posible las asociaciones entre empresas con el objetivo de contribuir y garantizar los procesos más específicos, tanto científicos como jurídicos, que busquen atender con eficacia las emergencias que se presenten. Los contratos de transferencia hacen posible la producción en ambientes más eficientes y con un costo mucho menor, al igual que los consorcios de patentes que han sido piezas importantes en las emergencias sanitarias. En este caso, su propósito es contrarrestar los efectos desfavorables de la competencia.

Podemos traer a la mesa el caso de las compañías automotrices que han ofrecido sus servicios e instalaciones para crear los ventiladores que se necesitan para la atención a los pacientes contagiados de Coronavirus. En este caso, estas empresas necesitaron la licencia para explotar los diseños de los aparatos, en caso de que estén protegidos.

Las autoridades de Norteamérica de patentes y de competencia se han encargado de promover varios acuerdos de colaboración entre las empresas para flexibilizar los procedimientos de patentes, con lo que se busca promover los estímulos para que no tome tanto tiempo la concesión. En Estados Unidos, organizaciones como la FDA y la FTC han adoptado guías que permiten la flexibilización de los términos y procedimientos, de la misma manera que los requerimientos adicionales que, al eliminarse, facilitarán los procesos de patentes o autorizaciones sanitarias más ágiles.

Igualmente, es necesario que se estudien los impactos de una eventual declaración como huérfana a esta pandemia; en Estados Unidos, por ejemplo, el tema ha dado lugar a muchas discusiones acerca de los posibles efectos negativos o positivos en los plazos de exclusividad otorgados por el Estado a las patentes. No obstante, puede ser de gran utilidad revisar la Ley 1392 que en el 2010 determinó la facultad del Gobierno para iniciar negociaciones con las empresas farmacéuticas con el objetivo de facilitar el acceso a los medicamentos.

En resumen, podemos plantear que el gobierno debe ser muy competente en el aprovechamiento de estas ventajas, sin olvidar que es necesario un balance entre los intereses de los interventores y los de la salud de la comunidad. Aquí, se espera por parte del sector privado una economía colaborativa más que exclusiva. Sería ideal en estos momentos que las empresas evitarán presentar oposiciones en medio de los procesos de concesión de patentes, lo que retrasaría la puesta en servicio del producto.

La licencia obligatoria es un medio que permite la flexibilización que requiere la declaratoria de interés público. Esta situación se presentó cuando el Ministerio de Salud lo hizo frente al Imatinib. Ahora, indudablemente la declaratoria de interés público resulta procedente. La figura de la licencia obligatoria ha funcionado como impulso en las rebajas de los precios de los medicamentos por parte de las empresas farmacéuticas a nivel internacional, tal y como fue en casos de antirretrovirales y otros más.

Hay muchos aspectos que se deben analizar, pero es importante antes objetivizar la discusión y evitar caer en soluciones políticas, y más bien adoptar mecanismos jurídicos que sean más viables. Entre tanto, el modelo que se ha adoptado en Alemania es uno de los más admirables, aunque tendría que implantarse de manera que no altere el balance de derechos, y, además, habría que estudiar los pools o consorcios de patentes.

¿Qué ocurre entonces con posibles desarrollos e inventos surgidos en Colombia, por ejemplo, modelos de respiradores que han surgido aquí y allá?

La señora Luisa Fernanda menciona que en estos tiempos de crisis se abren muchas oportunidades para la innovación en el país, y si el Gobierno está interesado en la implementación de la famosa “Economía Naranja”, ese es el campo preciso, la protección de intangibles. Además, afirma que “El mensaje es que nosotros también podemos hacer desarrollos. Es un momento para creer en la capacidad innovadora de nuestra industria. No esperar a que otros creen para nosotros. Innovar y empezar a usar. En el Valle del Cauca hay desarrollos muy prometedores en la industria farmacéutica”.

En este punto, el gobierno de Colombia deberá medir y establecer cuales son los mejores mecanismos jurídicos que se pueden adoptar para evitar que las importaciones de medicamentos sean muy dispendiosas, tanto para el país como para los consumidores finales. Sin embargo, lo que es cierto en este momento es que el sistema ha determinado varios mecanismos, como, por ejemplo, las importaciones paralelas, además de otros que hacen posible la creación de estructuras cuyo objetivo es garantizar el acceso sin vulnerar los derechos de exclusividad de los titulares de derechos de patentes.

¿Es cierto, lo que se dice con frecuencia, que el sistema de patentes internacional favorece exclusivamente a las farmacéuticas en detrimento de la salud de la gente pobre?

Aquí, Luisa postula que esta idea se debe desvirtuar. Si es cierto que existen muchas organizaciones que se dedican por completo al lucro y que su responsabilidad social es prácticamente nula; sin embargo, por lo general la propiedad intelectual busca un equilibrio entre los intereses de la investigación científica y las necesidades de la salud de la comunidad, pero todo enmarcado en el derecho a la competencia. No obstante, se debe tener en cuenta que la realidad de hoy es el interés de lucro de todas las empresas, no solo de las del sector farmacéutico, que funcionan dentro del sistema neoliberal y capitalista. Ahora bien, si discutimos acerca de las dificultades del sistema económico no aportaría ninguna solución.

En este campo, no podemos generalizar, sino, más bien, analizar cada caso. Adicional a ello, hay que tener en cuenta que todos, sin excepción, nos hemos visto afectados por la pandemia, así que, más allá de polarizar este tema como es común, lo verdaderamente importante es proponer soluciones reales y efectivas ante esta problemática actual. La clave, dice Luisa, está en el uso del sistema de propiedad intelectual en beneficio, tanto de la sociedad, como de los interventores. De manera que eso precisamente es lo que se busca en el Departamento de Propiedad Intelectual.

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