El 19 de febrero de 2021 tuvo lugar uno de los eventos más importantes en el marco del Aniversario de la creación del Centro Internacional Humanitario y de Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas del Perú; se trata de la conferencia de “Aplicación del Derecho Operativo en Zonas de Operaciones, la regulación de las Reglas de Enfrentamiento y las consecuencias internacionales de la violación de las Reglas”, impartida por el profesor del Máster en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos y Derecho OperacionalJosé María Bautista Samaniego. 

Para comenzar, esta ponencia tocaba a profundidad temas como la definición de conflictos, la forma de actuar de las Fuerzas Armadas y, claramente, la necesidad que existe de una regulación para su manera de proceder en cada intervención, desde el punto de vista de su Estatuto como Fuerza desplazada fuera del Territorio Nacional, así como también en lo que se refiere a las Reglas de Entrenamiento de la Fuerza y su aplicación en casos necesarios; todo esto teniendo en cuenta los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, sin olvidar las consecuencias que traería la falta de cumplimiento de estas reglas. 

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Está claro que, hoy en día, la intervención de las Fuerzas Armadas en tiempos de conflicto y de no conflicto, no son situaciones que se puedan cuestionar, sin embargo, este hecho ha de ser enmarcado por el Derecho Internacional Humanitario, teniendo en cuenta principalmente el respeto por los principios de necesidad, humanidad, progresividad y distinción.  

Uno de los objetivos principales de esta conferencia fue, justamente, exponer cómo se lleva a cabo el proceso de preparación de las Operaciones Militares enmarcado en el Derecho, del mismo modo que la manera como actúan en la Zona de Operaciones.  

En cuanto al Estatuto de la Fuerza (SOFA, por sus siglas en inglés), el conferencista comentó acerca de cómo varía la forma de proceder con respecto a cada tipo de misión. Se resaltaron temas como las consecuencias, tanto individuales como colectivas que tendría una vez redactado, especialmente con respecto a la colusión de normas que tienen lugar entre el Estado de Bandera y el Receptor. 

Por otra parte, se detalló en la intervención que, las Reglas de Enfrentamiento (ROEs, por sus siglas en inglés), son variables de acuerdo a cada tipo de misión, de la misma manera que el elemento a utilizar, que definirá cuál será la forma de responder frente a las amenazas. Esto determinará cuál sería la manera de proteger el valor principal, la vida humana, y cómo es tratada ante el Derecho Internacional Humanitario, ya sea en medio de un conflicto o no. 

En general, las ROEs aparecen cuando debe definirse la situación de cómo utilizar la fuerza mientras se lleva a cabo una operación militar.  

Finalmente, la conferencia presenta el tema de las consecuencias que podría traerle a la nación el incumplimiento de las ROEs. Además, se profundizó en los efectos que tendría este tipo de acciones operacionales que, debido a los tipos penales que se han implementado en el artículo 5 ° del Estatuto de Roma, del 17 de julio de 1998, se refieren a los principios de responsabilidad individual 

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